¡Otra más! Otro Juzgado de Logroño declara la nulidad de la cláusula de gastos impuesta por Bankinter a un consumidor, cliente de SKF Abogados, para la adquisición de su vivienda habitual

Decoración del despacho de SKF Abogados

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Logroño, en su Sentencia de 30 de septiembre de 2022, declara la nulidad de la cláusula de gastos impuesta unilateralmente por la entidad financiera Bankinter, S.A. en una escritura de préstamo hipotecario suscrito con un consumidor para la adquisición de su vivienda habitual y condena a la entidad financiera a abonar a favor de éste, cliente de SKF Abogados, la cantidad de 1.117,56 euros más los intereses legales correspondientes, imponiendo también a la entidad financiera las costas causadas en dicho procedimiento.

Por medio de esta Sentencia, de nuevo un Juzgado de Logroño vuelve a dar la razón a los pequeños consumidores, poniendo de manifiesto cómo los bancos imponen de forma totalmente unilateral cláusulas que benefician sus intereses y perjudican los de los pequeños consumidores, sin negociar las mismas, viéndose en todo caso los consumidores obligados a aceptar dichas cláusulas abusivas si quieren obtener financiación.

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