¡La Audiencia Provincial de La Rioja ratifica el criterio defendido por SKF Abogados en una nueva Sentencia favorable al despacho!
La Audiencia Provincial de La Rioja en su Sentencia 436/2024 ha desestimado por completo el recurso de apelación interpuesto por CAJA RURAL DE NAVARRA contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Logroño, mediante la cual la entidad financiera había sido condenada a abonar los gastos hipotecarios a un cliente de SKF Abogados.
En esta Sentencia la Audiencia Provincial de La Rioja ratifica el criterio defendido por SKF Abogados en relación con el computo del plazo de prescripción de la acción de restitución de los gastos hipotecarios, y determina que el computo del plazo de prescripción de 5 años para poder ejercitar dicha acción de recuperación de los gastos hipotecarios “comienza a computarse desde que se dicta la sentencia declarado la abusividad y nulidad de la cláusula, y en todo caso, cuando el consumidor ha recibido esa cumplida información no ya solo de la abusividad de la cláusula concreta sino también de los derechos que de ello pudieran derivares a su favor” .
En conclusión, esta Sentencia lo que hace es aplicar el criterio seguido tanto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como por el Tribunal Supremo, y consecuentemente su resultado práctico es que los consumidores puedan reclamar los gastos hipotecarios de todas aquellas hipotecas anteriores a 2019 que contengan dicha cláusula abusiva.
En SKF Abogados y Asesores siempre luchamos y trabajamos por defender los derechos e intereses de nuestros clientes para lograr justicia en cada caso. La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Rioja es una muestra más de nuestro compromiso con la defensa de los derechos de los consumidores y con el cumplimiento de la ley.
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